Resumen | |
[J] | Responsabilidad extracontractual. Pérdida de oportunidad. Defensa jurídica.(publicado en Actualidad Diaria 2958 el 21 de septiembre de 2015) |
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El presente pleito tiene por objeto el ejercicio de una acción de responsabilidad civil dirigida contra la persona que, con su conducta, ha provocado a la actora una frustración en la defensa de acciones judiciales, con la consecuencia dañosa de su condena al pago de la cantidad que se le reclamaba. Íntimamente relacionado con tal objeto existe una jurisprudencia dictada en relación con la responsabilidad civil de profesionales (Abogados, Procuradores), que es el que aplica la sentencia recurrida al determinar el "quantum" indemnizatorio, acudiendo a la doctrina de la pérdida de oportunidad. Aunque referida a la responsabilidad civil contractual, es también aplicable a la extracontractual. Requisitos: el incumplimiento de un deber; la prueba de tal incumplimiento; la existencia de un daño efectivo consistente en la disminución de las posibilidades de defensa; la existencia de un nexo de causalidad, valorado con criterios jurídicos de imputación objetiva y la fijación de la indemnización equivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidades. Lo que se cuestiona en casación es la prueba de un daño cierto y efectivo. Corresponde examinar si, como consecuencia del incumplimiento del deber que incumbía a la demandada, se ha producido un daño por disminución notable y cierta de las posibilidades de defensa. La respuesta es afirmativa, pues la receptora de la cédula y de la copia de la resolución no cumplió con la obligación de entregarla a su destinataria. | |
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